DELITOS QUE PODRÍA COMETER UN DENUNCIANTE DE CORRUPCIÓN.

CRITERIOS LEGALES PARA DEFENDER A UN DENUNCIANTE ACOSADO JUDICIALMENTE O MEDIATICAMENTE.

Primero.

Trafico de influencias.

Un denunciante haría tráfico de influencias, si beneficiara intencionadamente a alguien que le haya pagado una indemnización por represalias.

Segundo.

Malversación de fondos públicos.

Malversación de fondos públicos. Usar ilegalmente dinero público para algo que no esté establecido legalmente.

Tercero.

Corrupción entre particulares.

Cuando haya una actividad criminal en la que varias personas se enriquecen de una actividad criminal organizada en la que participan ambas.

Cuarto.

Organización criminal.

Estructura de la organización.

Cabecilla.

Cooperadores.

Empresarios beneficiados.

Empresas beneficiadas.

Beneficiarse entre la personas. Personas beneficiadas.

Quinto.

Simulación de delito.

Simular un delito para cobrar una cantidad.

Pactar denegaciones de servicio con empleados perjudicando a la empresa. Corrupción entre particular y empleado.

Sería un delito según el artículo 456 del código penal.

Sexto.

Falsear hechos que son delitos. Sería un delito por el artículo 457 del código penal.

Séptimo.

No hacer las comprobaciones necesarias más elementales de que el pago de una represalia, provenga de blanqueo de dinero negro.

A dia de hoy hacienda no hace su trabajo, ya que legalmente solo estudia el fraude fiscal, de ahi que el estudio del blanqueo de dinero recae desgraciadamente en el denunciante, que ni tiene conocimientos ni medios economicos.

En estos casos de corrupcion las comprobaciones basicas no son suficientes y pueden haber trampas en las represalias.

De ahi que muchas veces si se llegaran a pagar en España es conveniente ni reclamarlas cuando hay indicios de blanqueo por parte del represaliante.

Aunque la empresa que represalia es el sujeto obligado, obligado a denunciar la entrada de dinero negro en la empresa, mediante el contable, gerente o auditor interno o externo. En la practica no lo hacen e encubren los delitos.

Por lo tanto hay que evitar el cobro de represalias proveniente de blanqueo en algun momento, algo muy habitual en España. Por la banca, Ibex 35, promotoras, inmobiliarias , mafias del acoso, aseguradoras, etc.

Cuidado con las represalias por afinidad, ya que suelen ser excusas para blanquear dinero o trampas para varias personas incluidas el denunciante.

Requiere un análisis mas profundo pero no hay literatura al respecto.


Descubre más desde CORRUPCION EN CANARIAS NO

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja un comentario